Un lugar para reinventar el vocabulario de la resistencia, para generar la gramática más eficaz de la comunicación colectiva. Aquí se repiensan algunos términos que podrán contribuir a determinan las condiciones de la lucha común.

martes, 5 de marzo de 2013

¿Ha fracasado la reforma laboral?

Por Ignacio Pérez Infante, Santos M. Ruesga y Fernando Valdés Dal Ré

5 de marzo de 2013

Si nuestros actuales gobernantes se hubieran molestado en hacer explícitos sus objetivos cuando diseñaron la reforma laboral decretada ahora hace un año, entenderíamos mucho mejor lo sucedido en realidad en el último año en la economía española y, más en particular, en su mercado laboral. En documentos gubernamentales posteriores a la reforma se aludía a objetivos distintos del de la creación de empleo, que es el que hacía suyo la Ley 3/2012. Así, el Programa de Estabilidad de 2012 dejaba claro que uno de los fines a conseguir con los cambios en la regulación de las relaciones de trabajo consistía en impulsar un ciclo de moderación de rentas (devaluación interna) bien que solo de salarios.
Así valorada, en función del logro de esos otros objetivos no expresados de modo directo, cabría concluir que la reforma ha sido un “éxito”. En efecto, uno de los corolarios claros de las consecuencias derivadas de la misma ha sido la pérdida de poder adquisitivo de los salarios a lo largo del año 2012 y, más intensamente, la reducción de los costes laborales (que incluye la disminución de los costes de despido), así como de los costes laborales unitarios (por unidad de producción). Y es que dicha reforma, al estilo de las anteriores, vino precedida de un diagnóstico de los problemas del mercado de trabajo español, que atribuye su “ineficiencia” a una pretendida gran rigidez del mismo a causa de la “excesiva regulación” a la que está sometido. Conforme a esta tesis, el desequilibrio —desempleo— de ese mercado provenía, fundamentalmente, de los desajustes internos y rigideces del propio mercado y, en modo alguno, de la estructura del sistema productivo español.
Esta base teórica es la que ha alumbrado las diferentes reformas laborales habidas en las tres últimas décadas, pero de manera destacada la de 2012. Semejante idea incurre en un profundo error de interpretación del mundo de las relaciones económicas, al concebir la competitividad entre las empresas como un problema de costes siendo así que la realidad pone de manifiesto que la mejora de competitividad ha de buscarse, básicamente y de forma duradera, a través del avance en materia de calidad y productividad.
A partir de este marco teórico, bien que dotado de un fuerte contenido ideológico, la reforma pretende actuar del modo siguiente: a) Potenciar la flexibilidad externa de las empresas a través, principalmente, de los mecanismos de salida del empleo (despido); b) aumentar la flexibilidad interna de las empresas, permitiendo una mayor adaptación de las condiciones de trabajo, como la jornada laboral, a los cambios en la situación económica de las empresas; c) reforzar la flexibilidad salarial, sobre todo de los salarios reales, en función de los cambios que se produzcan en la situación del conjunto de la economía o de las empresas; d) disminuir la “generosidad” del sistema de prestaciones por desempleo, limitando las condiciones de acceso y mantenimiento de esas prestaciones, y e) favorecer los ajustes cuantitativos y cualitativos entre la oferta y la demanda de trabajo a través de una mayor participación de los servicios privados de empleo y del incremento de la movilidad geográfica y funcional de los trabajadores.
Conviene, por tanto, confrontar los objetivos y sus concreciones con los datos registrados en la estadística oficial. En 2012, el empleo ha descendido en 850.000 personas, cifra solo superada en el año 2009 (1.211.000), según la EPA. Y el correspondiente aumento del paro no ha sido tan intenso a causa del importante descenso de la población activa (175.000 personas, inmigrantes que retornan, jóvenes autóctonos que emigran o desanimados que se retiran del mercado laboral). De su lado, los salarios reales se han reducido en más del 2%, en el cómputo anual. La cobertura de las prestaciones por desempleo (porcentaje de desempleados que cobran subsidio sobre el total registrado con experiencia laboral) ha experimentado un descenso de cinco puntos porcentuales. Y ha acontecido un cambio significativo de la mecánica de disminución del empleo: asciende de forma intensa la destrucción de empleo indefinido frente al temporal, con respecto a años precedentes, al tiempo que se erigen en protagonistas las nuevas figuras de despido con indemnización de 20 días por año trabajado y límite de un año frente a los 45 días y límite de 42 meses, modelo mayoritario con anterioridad a la reforma.
En el haber de la reforma podríamos considerar un ligero descenso de la proporción de trabajadores afectados por expedientes de regulación de empleo (ERE) extintivos (despidos) en favor de los que reducen jornada o suspenden temporalmente el contrato, en un contexto de fuerte ascenso del total de ERE y trabajadores afectados por ellos. Algunos otros aspectos (flexibilidad interna, por ejemplo) de los contenidos en la reforma requerirán de algo más de tiempo para que las estadísticas disponibles reflejen lo ocurrido.
Con estos datos, y no obstante lo dicho desde las instancias gubernamentales, no parece que para el país y para la gran mayoría de sus ciudadanos pueda afirmarse, lamentablemente, que esta reforma vaya arrastrando un éxito y, menos aún, si se le califica de triunfal.
Bien podría decirse frente a esta afirmación que las modificaciones introducidas por la reforma requieren, para su enjuiciamiento, de un periodo superior de tiempo; pero en contraste con semejante argumentación exculpatoria, también cabría apreciar que, por la propia naturaleza de estas modificaciones normativas (que afectan a la regulación del mercado laboral), no afectarán ni a corto (ya lo hemos visto) ni a medio o largo plazo a lo esencial de la dinámica de crecimiento del empleo, intrínsecamente vinculada a la marcha de la actividad económica; es decir, del crecimiento del PIB y las alteraciones de su estructura.
La reforma laboral no afecta a ninguno de los factores que inciden en la evolución del PIB y de su estructura, a excepción de los costes laborales. Y en lo que se refiere a los salarios, conviene recordar que el discurso que concluye en la necesidad de la flexibilidad salarial para generar empleo y reducir el paro solo tiene en cuenta la dimensión del salario como coste laboral, sin valorar, o valorándolo de modo marginal, la otra dimensión fundamental del salario como ingreso de los asalariados y, por tanto, determinante fundamental del componente mayoritario de la demanda agregada efectiva; esto es, del consumo privado, por la que el descenso del poder de los salarios se convierte en un factor que retroalimenta el retroceso del PIB y del empleo.
Por lo demás, no es impertinente constatar aquí que, además del limitado éxito económico obtenido y de las muy limitadas expectativas de que se mejore en el futuro, la reforma laboral de 2012 ha llevado a cabo el desmantelamiento de un buen número de derechos sociales, lo que, al deteriorar la arraigada paz social existente en nuestro sistema laboral, está neutralizando incluso el objetivo de mejorar la competitividad y productividad de nuestras empresas. Las estadísticas hasta ahora conocidas sobre el número de huelgas convocadas, de trabajadores participantes y de número de horas de trabajo pérdidas, así lo confirman.
Es a los políticos a quien les toca modificar un diagnóstico que no responde a la realidad y las políticas económicas que de él se derivan. En el contexto político en que nos movemos, de reiteración de viejas recetas manifiestamente ineficaces, “las posibilidades de cambio económico no están limitadas solamente por las realidades del poder político, sino también por la pobreza de sus ideas”, como decía recientemente un destacado académico de Harvard (Dani Rodrik).

jueves, 25 de octubre de 2012

El mundo del trabajo

Por José Woldenberg

25 de octubre de 2012

Por un momento hemos vuelto los ojos al mundo del trabajo. La iniciativa de reformas a la Ley Federal del Trabajo ha ofrecido visibilidad a una realidad que transcurre sin reflectores, escondida, sin suscitar demasiados comentarios. Ahora, aunque sea por unas semanas, se han puesto en los primeros lugares de la agenda los temas de las relaciones laborales y el de la organización y representación de los trabajadores.

(Me) llama la atención que desde los medios la misma noción de sindicato se haya convertido en una especie de mala palabra -mucho han contribuido no pocas dirigencias sindicales-, mientras que (creo) desde el mundo del trabajo contar con un sindicato verdadero es una auténtica aspiración. Veamos.

Según datos del INEGI, organizados por Jaime Ros, para 2011, el 5.2 por ciento de la población económicamente activa se encontraba desocupada, 8.3 subocupada y 28.7 en el empleo informal; lo que representaba el 42.4 por ciento. ("El reto del empleo y el imperativo del crecimiento", en México frente a la crisis. Hacia un nuevo curso de desarrollo. UNAM. 2012). Quiere decir que franjas enormes de trabajadores potenciales, subocupados o inmersos en la informalidad, se encuentran fuera de las regulaciones de la ley laboral. Para ellos no existen sindicatos ni contratos colectivos ni prestaciones. Viven al margen de las normas gremiales y sus condiciones de trabajo suelen ser inferiores a los mínimos que marca la ley. Para ellos, imagino, la aspiración fundamental sería la de ingresar al mundo laboral formal.

Según Ciro Murayama, a partir de los datos de la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, para el segundo trimestre de 2012, existían en México 32 millones de trabajadores subordinados, 2.3 millones de empleadores, 11 millones de trabajadores por cuenta propia, 3.1 millones de trabajadores no remunerados. Es decir, 48.4 millones de trabajadores. De los 32 millones de subordinados -que tienen una relación salarial- sólo 16. 7 tienen contrato escrito, el 52 por ciento. Es probable que el universo de los trabajadores subordinados sin contrato escrito se encuentre también por debajo de las condiciones laborales mínimas que fija la ley. Por lo cual su ambición quizá sería arribar a una situación como la que diseña la Ley Federal del Trabajo: contar con un salario remunerador, prestaciones sociales y poder ejercer sus derechos.

¿Cuántos son entonces los trabajadores que se encuentran organizados? ¿Cuántos pertenecen a un sindicato y por ello están en posibilidades de negociar -teóricamente- de manera bilateral las condiciones de su trabajo? Javier Aguilar García nos proporciona información oficial. En el año 2008 de una población económicamente activa de 45.5 millones de personas, solamente 4.69 millones se encontraban sindicalizados, el 10.3 por ciento. De esos, 2.19 millones se encontraban en el sector privado y 2.5 en el público. (Tasa de sindicalización en México 2005-2008. Friedrich Ebert Stiftung. 2010). Se trata de una minoría que a su vez puede subdividirse: aquellos trabajadores que se encuentran "sindicalizados" sin ellos saberlo, porque pertenecen a algún tipo de organización fantasma que firma y vende contratos de protección a las empresas, y aquellos que realmente están afiliados a sindicatos que funcionan como tales. En el primer caso, se trata de una corrupción absoluta de la idea misma de sindicato, de la que se benefician líderes postizos y empresarios inescrupulosos. Son sindicatos de papel, registrados ante las autoridades del trabajo, pero que difícilmente pueden considerarse como agrupaciones en defensa de los intereses de sus agremiados.

En ese mar de desempleados, subempleados, informales, sin contrato, desorganizados y solo nominalmente sindicalizados, destacan aquellos que cuentan con una organización gremial digna de tal nombre. Se trata quizá de los "privilegiados" del mundo del trabajo, de aquellos que cuentan con estabilidad en el empleo, salario quincenal amarrado, seguro social o ISSSTE, primas vacacionales, quizá reparto de utilidades y demás prestaciones. Son la ilusión de quienes no cuentan con chamba o que tienen un empleo precario carente de cualquier tipo de apoyo permanente.

Y entre los realmente sindicalizados vuelve a existir una bifurcación. Aquellos encuadrados en organizaciones sin vida interna, donde la política y la ruta de la asociación la fijan en exclusiva los dirigentes y que además jamás rinden cuentas ni de sus actos ni del dinero que manejan; y aquellos que están afiliados a sindicatos donde existe una mínima (o máxima) participación de las bases de trabajadores. En el primer caso, introducir fórmulas para crear o recuperar los lazos entre dirigentes y dirigidos, para establecer reglas de participación, para hacer que las organizaciones respondan a los intereses de sus miembros, resulta más que pertinente.

Pero como hemos tratado de ilustrar aquí, se trata de una franja minoritaria ya no digamos de los trabajadores en general, sino incluso de los asalariados.

sábado, 8 de septiembre de 2012

La reforma laboral

Por Ana Laura Magaloni Kerpel

8 de septiembre de 2012

La decisión del presidente Calderón de presentar nuevamente una reforma laboral en forma de "iniciativa preferente" pone al PRI ante una disyuntiva importante. Aprobar la reforma laboral del PAN significa acotar el tipo de privilegios y rentas que históricamente han tenido las cúpulas sindicales. Ello, a pesar de los beneficios que tenga para trabajadores y empleadores, tiene importantes costos políticos. ¿Podrá el PRI sortear con éxito el conflicto con los poderosos líderes sindicales que existen en el país?

Tiene varios aciertos la reforma laboral que propone el PAN. Por falta de espacio quiero resaltar dos: 1) el tope de un año al pago de salarios caídos y 2) las condiciones para emplazar a huelga por firma de contrato colectivo. Para entender la relevancia de ambas reformas, es preciso dimensionar algunos absurdos kafkianos de nuestra "justicia laboral".

Conozco casos de pequeñas empresas familiares que han tenido que cerrar sus puertas porque uno solo de sus trabajadores reclama un despido injustificado y, con ayuda de un abogado chicanero que lleva a cabo todo tipo de triquiñuelas procesales, logra que el juicio se extienda hasta por 10 años. Al final la Junta de Conciliación y Arbitraje condena al empleador al pago de salarios caídos por ese mismo número de años. No importa que el trabajador despedido haya tenido otro empleo durante el tiempo que duró el juicio o que la suma a pagar sea tan descabellada que el patrón tenga que cerrar su negocio y despedir a todos los que trabajaban ahí. La ley laboral actual no contempla ningún límite a los salarios caídos. Por ello, han proliferado los despachos de coyotes que se dedican a cazar asuntos de este tipo en las Juntas de Conciliación y Arbitraje. La ecuación es simple: los "abogados" utilizan los derechos de los trabajadores para extraer rentas principalmente a los pequeños empresarios que no cuentan con buenos abogados para hacer frente a este tipo de chicanas.

La reforma laboral del PAN plantea dos cuestiones que parecen razonables para terminar con este tipo de abusos: 1) el monto de salarios caídos tiene un plazo máximo de un año y 2) sólo podrán litigar ante las Juntas abogados con cédula profesional. Esto último no necesariamente terminará con el coyotaje pero, quiero pensar, sí lo acotará.

Con respecto al emplazamiento a huelga por firma de contrato colectivo, vale la pena referirnos a lo que sucede en el ámbito de la construcción. Con nuestro actual marco normativo, cualquier sindicato puede emplazar una huelga para demandar la firma de un contrato colectivo. La Junta no pide al sindicato que emplaza la huelga que demuestre que cuenta con el apoyo de los trabajadores de la empresa emplazada. La huelga estalla, clausuran la obra y después averigua la Junta si existía o no al menos un grupo de trabajadores que apoyaban el contrato colectivo del sindicato. Ello hace que en la práctica existan los denominados "sindicatos golpeadores" que, literalmente, llegan a sacar a golpes a los albañiles de una obra y amenazan al constructor de estallar la huelga si no les paga una suma importante de dinero. Los constructores prefieren ceder a la extorsión del sindicato en vez de asumir el costo que les representa la clausura de la obra. Oscar de la Vega, uno de los mejores abogados laboristas del país del lado empresarial, calcula que la extorsión de los sindicatos en el mundo de la construcción representa entre 20 y 30 por ciento del costo de la obra.

La otra cara de la moneda de este problema son los "sindicatos blancos". Es decir, para protegerse de los golpeadores, los constructores utilizan los denominados "sindicatos blancos", con los que firman un contrato colectivo, a cambio de una suma de dinero, y con ello no puede un sindicato golpeador demandar la firma de otro contrato colectivo. Sin embargo, en este caso tampoco el contrato colectivo es acordado con los albañiles que laboran en la obra.

En cualquiera de los dos formatos, los derechos laborales de los albañiles es lo menos importante para los sindicatos y los empleadores. De ahí que existan miles de albañiles sin seguro médico, con pésimos salarios, en malas condiciones de seguridad y sobreexplotados. Los sindicatos hacen un botín con "sus derechos".

Para terminar con este tipo de abusos, la reforma laboral del PAN propone dos cosas. En primer término, si un sindicato emplaza a huelga por firma de contrato colectivo debe demostrar que cuenta con el apoyo de los trabajadores de la empresa emplazada y 2) si un empleador quiere inscribir ante la Junta un contrato colectivo de trabajo también debe demostrar el apoyo que tiene de sus trabajadores. De aprobarse estos cambios, se reduciría enormemente el espacio de extorsión de sindicatos golpeadores y blancos. Ello abre la posibilidad de que surjan líderes sindicales que defiendan los derechos de sus agremiados.

El corazón de la reforma laboral, como el de las reformas que tienen potencial de cambiar al país, subyace un cambio central de paradigma: movernos de un país en donde "el que no transa no avanza" a uno en donde el trabajo y el esfuerzo honesto sean la única forma de obtener éxito económico.

jueves, 14 de junio de 2012

Duros golpes al sindicalismo

Por Sergio Muñoz Bata
14 de junio de 2012

En esta época de austeridad económica los votantes estadounidenses arremeten contra el poder político del sindicalismo de Wisconsin a California limitando los beneficios y las pensiones de los trabajadores del sector público.

El sindicalismo estadounidense recibe tres duros golpes en las elecciones primarias de junio. En el estado de Wisconsin, los sindicatos fracasaron en su intento por destituir al Gobernador del estado, Scott Walker quien el año pasado promovió y promulgó como ley un conjunto de reformas que limitan la negociación colectiva de contratos y afectan directamente el sistema de pensiones de los trabajadores del sector público sindicalizados: maestros, policías, bomberos y burócratas. En San Diego y San José California, los ciudadanos también votaron para fijarle límites al sistema de pensiones de los trabajadores del sector público.

De los tres casos, el de Wisconsin es sin duda el más relevante por el alcance de las reformas que hace apenas un año convirtió en ley el Gobernador Walker con el apoyo de la legislatura local y ahora, de la mayoría del electorado. Según Walker las reformas eran necesarias para empezar a reducir de forma permanente los enormes déficits presupuestarios que enfrenta el estado. Se calcula que este año el déficit estatal será de 3.6 miles de millones de dólares, déficit que a juicio de Walker se debe principalmente al gasto fijo en las pensiones de los trabajadores públicos. Hoy, en Estados Unidos solo el 7 por ciento de quienes trabajan en el sector privado son miembros de un sindicato mientras que el 37 por ciento de quienes trabajan en el sector público están sindicalizados. En Wisconsin, la proporción es semejante. Pero para entender la verdadera dimensión del golpe al sindicalismo habría que considerar que la ley de Wisconsin prohíbe a los gobiernos condales, municipales y a los distritos escolares retener las cuotas de los trabajadores para dárselas a los sindicatos. Se calcula que un trabajador sindicalizado paga una cuota anual de aproximadamente $500 y que una gran parte de este dinero se utiliza para financiar campañas políticas.

La ley también dispone que los trabajadores deberán votar anualmente para determinar si quieren continuar siendo representados por el sindicato; prohíbe que los sindicatos participen en la negociación de pensiones, beneficios o condiciones laborales; limita los aumentos a los salarios al tope marcado por el índice de inflación y elimina la posibilidad de negociar la figura del puesto irrevocable (tenured) de los maestros. Y si en Wisconsin hablamos de revocar reivindicaciones sindicales que tomaron años de lucha, lo mismo se puede decir de los resultados de la votación en San Diego y San José, California donde los votantes aprobaron proposiciones que también reforman y limitan los programas de pensiones de los mismos trabajadores del sector público en esas ciudades.

En términos generales lo que las tres derrotas al sindicalismo muestran es que en la apretada situación económica que vivimos los ciudadanos resienten que los trabajadores del sector público disfruten de generosas pensiones y beneficios con el dinero de los contribuyentes. Y si bien es cierto que parte del problema, según reflejan los resultados de una encuesta del Pew Center de 2011, es que los sindicatos no se han preocupado por mejorar su imagen ante la ciudadanía y sólo un 45 por ciento de los estadounidenses ve a los sindicatos con simpatía, la realidad es que el problema es mucho más complejo. Un dato demoledor es que en Wisconsin mismo, las encuestas a boca de urna mostraron que un 38 por ciento de los votantes que apoyaron al Gobernador Walker son miembros de carnet de algún sindicato.

Como suele suceder en estos casos, lo sucedido en Wisconsin ha tenido muchas lecturas. Algunos analistas estiman que la elección mostró que la mayoría de los votantes está en contra de la idea de destituir a un Gobernador electo. Otros atribuyen el resultado a que el Gobernador y sus aliados en toda la nación gastaron más del triple de lo que gastaron los sindicatos, y critican la decisión de la Suprema Corte de Justicia que permitió que las corporaciones, al igual que los sindicatos, puedan gastar los que quieran a favor de sus candidatos o causas.

Yo soy un convencido de la idea de que por regla general los sindicatos no solo benefician a los trabajadores porque les protegen del posible abuso de los dueños de los negocios sino que en muchos casos son indispensables. Eso no significa que concuerde con algunas prácticas excesivas de muchos sindicatos que a veces rondan en el terreno de la delincuencia y frecuentemente cometen abusos. Mucho menores por supuesto que los que cometen los banqueros, inversionistas, abogados, empresarios o políticos pero abusos al fin. Y aunque no creo que las pensiones de los trabajadores sean la causa principal de los desequilibrios presupuestales, y sí las reducciones de impuestos y la ineficiencia y corrupción de las autoridades, sí creo que en épocas de austeridad económica como esta que hoy vivimos, la generosidad de dichas pensiones puede ser vista como injusta. Sobre todo cuando se les compara con las miserables pensiones de los trabajadores que se retiran del sector privado. Y es en este sentido que espero que el sindicalismo entienda que en la política la percepción es realidad y tome estas tres derrotas como lecciones para replantear el alcance de los beneficios que ofrece a su membresía en términos más acordes con la realidad del resto de los trabajadores.